PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
PVEM: Estatutos, Principios y Acciones
ESTATUTOS
Capítulo I
DE LA DENOMINACIÓN, EMBLEMA y COLORES
Artículo 1.- El Partido Verde Ecologista de México es un Partido político nacional, cuya finalidad es
la construcción de una nación democrática, libre, igualitaria y transparente. El principal objetivo es
la participación política de la sociedad en el cambio de actitudes en vías de un mejor orden político
y social que incluya una sana relación con el medio ambiente.
La denominación oficial del Partido es: Partido Verde Ecologista de México. El emblema está
formado por un tucán en sus colores naturales rojo, amarillo verde y negro. El tucán se encuentra
parado sobre una hoja verde en dos tonos de verde y una V de color blanco, todo sobre un
recuadro color verde. En la parte inferior del recuadro, el enunciado VERDE en color blanco.
El lema del Partido Verde Ecologista de México es “Amor Justicia y Libertad”.
El presente Estatuto es de observancia general y aplicación nacional, Estatal y municipal, para
todos los integrantes del Partido; los órganos de dirección del Partido en su ámbito nacional,
Estatal, municipal o en su caso delegacional, así como, los candidatos en campaña deberán
utilizar el emblema y rubricar sus documentos con el lema del Partido; los militantes que deseen
utilizarlo para asuntos estrictamente partidistas podrán hacerlo sin fines de lucro y únicamente
con autorización expresa del Comité Ejecutivo Nacional, o de los Comités Ejecutivos Estatales.
Capítulo II
DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA AFILIACIÓN DE SUS MILITANTES,
ADHERENTES y DE SUS SIMPATIZANTES
Artículo 2.- El Partido Verde Ecologista de México, está abierto para todos los mexicanos que se
interesen, respeten y acepten la Declaración de Principios, el Programa de Acción, y los Estatutos
del Partido, que colaboren en la defensa y protección del medio ambiente y coincidan con el
principio básico de la democracia en el respeto de la decisión de la mayoría.
Los mexicanos que así lo decidan podrán afiliarse libre e individualmente al instituto político de
conformidad con las siguientes modalidades:
I.- Militante, ciudadanos que se valoran como el principal activo del Partido Verde Ecologista de
México; con el compromiso y la participación en la toma de decisiones, que contribuyen a definir
el proyecto verde ecologista mexicano;
II.- Adherente, los mexicanos que contribuyen con el Partido Verde Ecologista de México para la
realización de sus fines y objetivos mediante aportaciones intelectuales y de propaganda; y
III.- Simpatizante, los mexicanos que mantienen una voluntad activa de colaboración y se inscriben
voluntariamente en un registro del correspondiente ámbito territorial; para recibir información de
actividades, reuniones y participación en programas.
La afiliación al Partido Verde Ecologista de México, es individual, personal, intransferible, libre
y pacífica. En tal virtud y por tratarse de un Partido Político Nacional, en el cual sus afiliados;
militantes, simpatizantes y adherentes participan en forma personal y voluntaria, en el ejercicio
de las actividades políticas que se encuentran consideradas en el Artículo 35 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, como prerrogativas de los ciudadanos, la simple
afiliación a este Instituto Político de ninguna manera podrá generar derechos laborales.
Artículo 3.- Para ser militante del Partido Verde Ecologista de México, es necesario ser ciudadano
mexicano con el compromiso de lograr una sociedad más justa, solidaria e igualitaria, a través
de la participación de las ideas y del trabajo, que definan y configuren el proyecto político verde
ecologista mexicano de transformación y búsqueda de una sociedad mejor y de una sana relación
del hombre con su entorno natural.





